Delación Compensada. Abogado Penalista Viña del Mar.

 




Delación compensada.

 

Es un mecanismo legal que permite a una persona o a una empresa que ha participado en una conducta anticompetitiva, como un cartel, confesar su participación a la Fiscalía Nacional Económica FNE y, a cambio, obtener beneficios procesales, como la exención total o parcial de multas.

Este mecanismo busca desarticular carteles y otras prácticas anticompetitivas al incentivar a los participantes a delatar a sus cómplices a cambio de beneficios legales.

Esta figura se encuentra establecida en el artículo 39 Bis del Decreto Ley N° 211, para acceder a estos beneficios se deben cumplir los siguientes requisitos:

1.- Proporcionar antecedentes precisos, veraces y comprobables que representen un aporte efectivo a la constitución de elementos de prueba suficientes para fundar un requerimiento ante el tribunal.

2.- Abstenerse de divulgar la solicitud de estos beneficios hasta que la fiscalía haya formulado el requerimiento u ordene archivar los antecedentes de la solicitud, salvo que la fiscalía autorice expresamente su divulgación, y

3.- Poner fin a su participación en la conducta inmediatamente después de presentar su solicitud.

De esta manera, el primero que aporte antecedentes a la fiscalía, dentro del grupo de responsables de la conducta imputada, puede acceder a la exención de la disolución, multa o pena de presidio en el caso del delito de colusión, si una segunda persona aporta antecedentes adicionales a los presentados por el primero, sólo puede optar a la reducción de un 50% de la multa.

 

 

Francisco Reyes Madrid.

Abogado.

Magíster en Derecho Penal y Ciencias Penales.

Fono +56986223285

www.asesorpenal.cl

 

 

 


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